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Bazar de las Ciencias
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Próxima su tramitación y publicación en el BOULE.



Aspectos relevantes de la normativa sobre el funcionamiento de Bazar de las Ciencias.
 
  • El Bazar es un servicio que facilita que las tareas con fines didácticos de cada asignatura puedan orientarse de manera que cumplan con los objetivos sociales contemplados en su reglamento.
  • El Bazar de las Ciencias es un servicio universitario que facilita que el alumnado y profesorado pueda organizar eventos relacionado con la divulgación y difusión de las ciencias.
  • El Bazar es un servicio que facilita que las tareas con fines didácticos de cada asignatura puedan orientarse de manera que cumplan con los objetivos sociales citados el primer punto.
  • Los trabajos de los y las estudiantes se entenderán en todo caso como actividades enmarcadas en un proceso formativo, por lo que no se les puede exigir niveles de calidad profesionales, como tampoco podrán entenderse sus contenidos como trabajos realizados por los profesores y profesoras que sirvan de tutores.
  • El seguro escolar cubre las tareas que los estudiantes realicen en el marco del Bazar de las Ciencias.
  • El Bazar editará y entregará certificados oficiales de la Universidad de León de tareas realizadas que llevarán la firma del director del Bazar y del Rector de la Universidad.
  • La propiedad intelectual de los trabajos realizados a través del Bazar de las Ciencias y aquellos gestionados en sus tareas de catalogación y disposición pública, pertenecen al autor, a la autora o los autores. Su uso siempre se realizará bajo consentimiento de estos y, de no solicitar lo contrario, haciendo referencia a los mismos.
  • El servicio del Bazar de las Ciencias de cara al entorno social no tendrá carácter vinculante y no estará sometido a plazos de tiempo: el factor limitante prioritario será el criterio pedagógico.
  • El Bazar de las Ciencias se reserva el derecho de no aceptar peticiones en función de criterios económicos y de contenidos. A) No se atenderán peticiones de colectivos sociales que dispongan de recursos suficientes para obtener la información por otros medios. B) No se atenderán peticiones cuya temática no sea considerada oportuna a efectos pedagógicos.
  • En cuaquier caso, el Bazar intentará en la medida de lo posible orientar todas aquellas solicitudes no atendidas hacia entidades u organismos que si lo hagan.
  • Las decisiones al respecto del noveno punto las tomará un órgano de decisión propio del Bazar que, además, será el responsable de la dirección del Bazar y de la resolución de conflictos. Este órgano estará constituido por un representante de alumnos, un técnico del Bazar, un representante del equipo promotor del Bazar que hará las veces de director del Bazar, un representante del profesorado y un cargo universitario que será el responsable político del Bazar.
  • El Bazar podrá dar pequeñas cantidades de dinero a los y las estudiantes para la realización de sus trabajos. La justificación y pagos se acogerán a la normativa vigente relativa al caso.
  • El Bazar editará y entregará certificados de tareas realizadas que llevarán la firma del director del Bazar y del Rector de la universidad.
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